📍 ¿En qué estado estás?

La plantilla se adaptará a las leyes de tu entidad.

V2Demanda Ejecutiva Mercantil — Versión Completa
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
PROFESIONAL

Demanda Ejecutiva Mercantil

Código de Comercio — Arts. 1391-1414 | Título Ejecutivo: Cheque / Pagaré / Contrato

(Ciudad de México), (Ciudad de México), a (26 de febrero de 2026)

C. (Ciudadano/Ciudadana) JUEZ (Primero) DE LO MERCANTIL

del Tribunal Superior de Justicia de (Ciudad de México)

(María González López), (mexicano(a)/persona moral), con domicilio en (Calle Morelos 45, Col. Centro, Ciudad de México, C.P. 04000), por medio de mi abogado (Lic. Francisco Sánchez Torres), cédula profesional (3847291), con domicilio procesal en (Av. Insurgentes Sur 1602, Col. Crédito Constructor, Ciudad de México, C.P. 03940), ante Usted demandamos en la VÍA EJECUTIVA MERCANTIL a (Roberto Fuentes Herrera), con domicilio en (Av. Revolución 1500, Col. San Ángel, Ciudad de México, C.P. 01000), reclamando:

I. PRESTACIONES RECLAMADAS

a) El pago del capital principal adeudado por la cantidad de $(15,000.00) M.N., amparado en el título ejecutivo que se acompaña ((pagaré / cheque / contrato mercantil con cláusula ejecutiva)).

b) Intereses moratorios pactados a razón del (____%) mensual ((_____%) anual), calculados desde el (26 de febrero de 2026) hasta la total solución del adeudo, lo que a la fecha suma $(3,588.00) M.N.

c) El pago de gastos y costas del juicio, incluyendo honorarios de abogado.

II. TÍTULO EJECUTIVO

La acción ejecutiva mercantil que se ejercita tiene como base el siguiente título de crédito / documento mercantil que trae aparejada ejecución conforme al artículo 1391 del Código de Comercio:

Dato Información
Tipo de título (Pagaré / Cheque / Factura / Contrato mercantil)
Fecha de emisión (26 de febrero de 2026)
Fecha de vencimiento (26 de febrero de 2026)
Monto del título $(15,000.00) M.N.
Suscriptor / Aceptante (Roberto Fuentes Herrera)
Número de instrumento (completar aquí)
III. HECHOS

PRIMERO. — El (26 de febrero de 2026), el demandado (Roberto Fuentes Herrera) suscribió y entregó al suscrito el (pagaré / cheque) descrito en la sección anterior por la cantidad de $(15,000.00) M.N., en concepto de (préstamo recibido / mercancía adquirida / servicios prestados / etc.).

SEGUNDO. — Al vencimiento del título el día (26 de febrero de 2026), presenté cobro al demandado de manera (personal / bancaria / carta notarial), sin que el deudor efectuara pago alguno, generándose intereses moratorios conforme a lo pactado en el propio instrumento.

TERCERO. — El importe total adeudado a la fecha de presentación de esta demanda asciende a $(55,000.00) M.N., según el siguiente desglose:

Capital principal: $(15,000.00) | Intereses moratorios ((completar aquí) días al (____%) mensual): $(3,588.00) | Total: $(55,000.00)

IV. MEDIDAS CAUTELARES SOLICITADAS

Conforme al artículo 1392 del Código de Comercio, solicito al Juzgado que antes de emplazar al demandado decrete el embargo preventivo sobre los bienes del demandado necesarios para garantizar el pago de las prestaciones reclamadas, señalando para ese efecto los siguientes bienes conocidos: (Inmueble ubicado en _______ / Vehículo marca _______ / Cuentas bancarias en institución _______ / Derechos de empresa / etc.).

V. FUNDAMENTO DE DERECHO

Artículos 1391 fracciones IV y V, 1392, 1393, 1394, 1397, 1414 del Código de Comercio; Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), artículos 170 al 174 para pagaré; artículos 175 al 207 para cheque.

VI. PETICIONES

PRIMERA. — Se tenga por presentada esta demanda ejecutiva mercantil con el título ejecutivo que se acompaña.

SEGUNDA. — Sin audiencia del demandado, se despache auto de ejecución y embargo sobre los bienes señalados.

TERCERA. — Se emplace al demandado al pago de las prestaciones reclamadas o a oponer excepciones y defensas en el término legal de 5 días hábiles.

CUARTA. — De no oponer excepciones legales, se dicte sentencia de remate condenando al demandado al pago de $(55,000.00) M.N. más costas.

PROTESTO LO NECESARIO.

(María González López)
NOTA SOBRE EL TÍTULO: Para que la vía ejecutiva proceda, el título debe ser original (no copia), estar vencido, y el monto debe ser líquido (determinado o determinable). Si el pagaré fue alterado o el monto no es cierto, el demandado puede alegar la excepción de alteración o prescripción (3 años para pagaré, 6 meses para cheque desde presentación).
Red Nacional de Abogados

¿Este documento superó tus conocimientos legales?

Un error de redacción puede costarte tu patrimonio. Contacta a un abogado experto y verificado en tu estado ahora mismo. Ellos harán el trabajo pesado por ti.

Encontrar EspecialistaConsulta sin costo oculto

Sobre este documento: Demanda Ejecutiva Mercantil — Versión Completa

Demanda ejecutiva mercantil con tabla de prestaciones, análisis de control de usura con 2 jurisprudencias SCJN, fundamentación exhaustiva del título ejecutivo y puntos petitorios detallados.

Fundamentado en: Arts. 1391-1414 Código de Comercio, Arts. 170-174 LGTOC, Tesis 1a./J. 132/2012 control usura.

Más de 15,000+ descargas exitosas

Únete a miles de ciudadanos, abogados y empresarios mexicanos que protegen su patrimonio sin pagar honorarios excesivos.

★★★★★
4.9/5(542 reseñas verificadas)

Mostrando 9 de 542 reseñas recientes

Preguntas Frecuentes

Resuelve tus dudas antes de descargar tu formato legal.

Sí. Todos nuestros formatos están redactados con base en el Código Civil Federal, Código de Comercio y leyes generales aplicables. En caso de legislaciones estatales, la estructura es 100% compatible y solo debes adaptar la entidad federativa en los espacios indicados.

No obligatoriamente. Están diseñadas para que cualquier ciudadano pueda rellenarlas y presentarlas. Sin embargo, para juicios complejos (como amparos o divorcios contenciosos), siempre recomendamos que un profesional titulado revise el documento final antes de ingresarlo al juzgado.

Al descargar la versión completa, obtienes el formato listo para usarse. Deberás llenar los espacios en blanco resaltados (como NOMBRES, FECHAS y CANTIDADES) en tu procesador de textos favorito (Word, Google Docs, etc.) y posteriormente imprimirlo para su firma.

Nuestro equipo legal revisa constantemente las tesis de jurisprudencia de la SCJN y las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para garantizar que no utilices artículos derogados.

Nuestra prioridad es que resuelvas tu situación legal. Si consideras que el formato no cumple con los estándares descritos, tienes 7 días para solicitar la revisión y te ofreceremos una solución o devolución del 100%.