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V2Demanda por Falta de Pago de Salarios
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
PROFESIONAL

Demanda Laboral por Falta de Pago de Salarios

Ley Federal del Trabajo — Arts. 82, 84, 87, 89, 516 y 517

(Ciudad de México), (Ciudad de México), a (26 de febrero de 2026)

C. (Ciudadano/Ciudadana) PRESIDENTE DE LA JUNTA ESPECIAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

de (Ciudad de México), (Ciudad de México)

(María González López), mexicano(a), mayor de edad, con domicilio en (Calle Morelos 45, Col. Centro, Ciudad de México, C.P. 04000), y señalando como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en (Calle Morelos 45, Col. Centro, Ciudad de México, C.P. 04000), ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

I. ACCIÓN Y PRESTACIONES RECLAMADAS

En ejercicio de la acción que me confiere el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, vengo a demandar en la vía ordinaria laboral al patrón (Construcciones del Valle S.A. de C.V.), con domicilio en (Construcciones del Valle S.A. de C.V.), reclamando las siguientes prestaciones:

a) Pago de salarios devengados y no cubiertos correspondientes al período del (26 de febrero de 2026) al (26 de febrero de 2026), por un importe de $(15,000.00) M.N.

b) Parte proporcional de aguinaldo no cubierta, equivalente a (2,075.00) días de salario.

c) Parte proporcional de vacaciones y prima vacacional no cubiertas.

d) Intereses generados sobre los salarios caídos conforme al artículo 289 fracción III de la LFT.

e) El pago de los gastos y costas que genere este juicio.

II. HECHOS

PRIMERO. — El (26 de febrero de 2026) inicié una relación de trabajo con el demandado (Construcciones del Valle S.A. de C.V.), desempeñando el puesto de (Auxiliar Contable), con un salario diario de $(415.00) M.N., equivalente a $(completar aquí) M.N. mensuales, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 84 de la LFT.

SEGUNDO. — A partir del día (26 de febrero de 2026), el demandado incumplió con su obligación patronal de cubrir los salarios correspondientes a mi jornada de trabajo, contraviniendo expresamente lo dispuesto por los artículos 82 y 87 de la Ley Federal del Trabajo, que establecen la obligatoriedad de pagar el salario completo y de forma oportuna.

TERCERO. — Durante el período comprendido del (26 de febrero de 2026) al (26 de febrero de 2026), el patrón omitió cubrir un total de (completar aquí) semanas de salario, acumulando un adeudo de $(15,000.00) M.N., pese a mis requerimientos verbales de pago efectuados los días (26 de febrero de 2026).

CUARTO. — El incumplimiento patronal en el pago de salarios constituye, conforme al artículo 51 fracción V de la LFT, causa justificada de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador; sin embargo, en este acto únicamente reclamo el pago de los salarios adeudados, reservándome el derecho de ejercer cualquier otra acción que en derecho corresponda.

III. TABLA DE SALARIOS ADEUDADOS
Período Días Salario Diario Importe
(Del __ al __ de ______ de 20__)(completar aquí)$(415.00)$(completar aquí)
(Del __ al __ de ______ de 20__)(completar aquí)$(415.00)$(completar aquí)
TOTAL ADEUDADO:$(15,000.00)
IV. FUNDAMENTO DE DERECHO

La presente acción se funda en los artículos 82, 84, 87, 89, 516, 517 y 518 de la Ley Federal del Trabajo; artículos 870 al 891 del mismo ordenamiento que regulan el procedimiento ordinario laboral; así como en los criterios jurisprudenciales emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de protección al salario del trabajador.

V. OFRECIMIENTO DE PRUEBAS

a) DOCUMENTAL: Contrato de trabajo (si existe), recibos de nómina de los períodos pagados, comunicaciones escritas o electrónicas dirigidas al patrón solicitando el pago de salarios, comprobantes de asistencia o control de jornada, estados de cuenta bancaria que acrediten los depósitos de nómina y el cese de los mismos.

b) TESTIMONIAL: A cargo de (Ana Lucía Torres Soto) y (Luis Enrique Ramos García), quienes tienen conocimiento directo de la relación laboral y del incumplimiento patronal.

c) CONFESIONAL: A cargo del demandado o su representante legal, mediante la absolución de posiciones que se articulen en su oportunidad procesal.

d) PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA: En todo lo que beneficie a mi representado.

VI. PETICIONES

PRIMERA. — Se tenga por presentada esta demanda laboral en los términos expuestos.

SEGUNDA. — Se admita la demanda y se emplace al demandado (Construcciones del Valle S.A. de C.V.) con las formalidades de ley.

TERCERA. — Previos los trámites de ley, se condene al demandado al pago íntegro de los salarios adeudados por la cantidad de $(15,000.00) M.N., más los intereses generados.

CUARTA. — Se condene al demandado al pago de la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional reclamadas.

QUINTA. — Se condene al demandado al pago de gastos y costas generados por este juicio.

PROTESTO LO NECESARIO.

(María González López)

Firma autógrafa

AVISO PROFESIONAL: Este documento es una plantilla de Machotes Legales — Versión Profesional V2. Se recomienda la revisión de un abogado colegiado antes de su presentación ante autoridad laboral.
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Sobre este documento: Demanda por Falta de Pago de Salarios

Demanda laboral por incumplimiento de pago de salarios, aguinaldo y prestaciones.

Fundamentado en: Arts. 82, 84, 87, 89 LFT.

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