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V1Amparo contra el SAT
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación

Amparo contra Actos del SAT

Arts. 103, 107 CPEUM · Ley de Amparo · CFF

(Ciudad de México), (Ciudad de México), a (26 de febrero de 2026)

C. (Ciudadano/Ciudadana) JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN TURNO

P R E S E N T E

(José Manuel Ramírez Díaz), con RFC (GOML850312AB3), señalando domicilio en (Calle Morelos 45, Col. Centro, Coyoacán, Ciudad de México, C.P. 04000), autorizando a (Lic. Francisco Sánchez Torres), promuevo AMPARO INDIRECTO contra actos del Servicio de Administración Tributaria.

AUTORIDADES RESPONSABLES

Ordenadora: (Administrador General de Recaudación del SAT)
Ejecutora: (Administrador Desconcentrado de Recaudación en (estado))

ACTO RECLAMADO

(El crédito fiscal número (número), notificado el (fecha), por concepto de (ISR/IVA/multa), por la cantidad de $(monto), así como el procedimiento administrativo de ejecución iniciado en su contra, incluyendo el embargo de (bienes/cuentas bancarias).)

DERECHOS VIOLADOS

Artículos 1°, 14, 16, 22 y 31 fracción IV de la CPEUM (legalidad, audiencia, seguridad jurídica, proporcionalidad y equidad tributaria).

CONCEPTOS DE VIOLACIÓN

PRIMERO.- (El acto reclamado viola el artículo 16 constitucional al carecer de debida fundamentación y motivación, en virtud de que la autoridad no señala con precisión el precepto legal aplicable ni las circunstancias particulares del caso.)

SEGUNDO.- (Se viola el principio de proporcionalidad tributaria (Art. 31 fr. IV) porque el monto determinado no corresponde a la capacidad contributiva real del quejoso.)

SUSPENSIÓN

Solicito suspensión provisional y definitiva. Conforme al artículo 135 de la Ley de Amparo, ofrezco garantía por $(completar aquí) para que no se ejecute el crédito fiscal. De ejecutarse, se causarían daños de imposible reparación.

PRUEBAS

1. Copia de la resolución determinante del crédito fiscal.
2. Constancia de notificación.
3. Declaraciones fiscales del contribuyente.
4. Presuncional legal y humana.

PUNTOS PETITORIOS

PRIMERO.- Admitir la demanda de amparo.
SEGUNDO.- Conceder la suspensión provisional y definitiva.
TERCERO.- Conceder el amparo y protección de la Justicia Federal.

PROTESTO LO NECESARIO

(José Manuel Ramírez Díaz)
Red Nacional de Abogados

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Sobre este documento: Amparo contra el SAT

Demanda de amparo indirecto contra actos del SAT: créditos fiscales, embargos.

Fundamentado en: Arts. 103, 107 CPEUM, Arts. 1, 107, 108 Ley de Amparo, CFF.

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