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V2Incidente de Aumento de Pensión — Versión Completa
📍 Documento Adaptado para: Federal (Aplicación General)
Código Penal Aplicable: Código Penal Federal
Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
V2 NEGOCIOS

Incidente de Aumento de Pensión Alimenticia

Arts. 94 CFPC, 311 y 314 CCF · Principio de Proporcionalidad y Principio de Interés Superior del Menor

(Ciudad de México), (Ciudad de México), a (26 de febrero de 2026)

C. (Ciudadano/Ciudadana) JUEZ (___ de lo familiar) DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE (Ciudad de México)

P R E S E N T E

(María González López), mexicano(a), mayor de edad, promoviendo por mi propio derecho y en representación de mi(s) menor(es) hijo(s) de iniciales (A.b.c.), señalando domicilio legal el ubicado en (Calle Morelos 45, Col. Centro, Ciudad de México, C.P. 04000), y autorizando como mi abogado(a) patrono(a) al Lic. (Lic. Francisco Sánchez Torres) (Cédula (3847291)); con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito, en la vía incidental y con fundamento en los artículos 94 del Código de Procedimientos Civiles y 311, 311 Bis, 314 y demás conducentes del Código Civil, vengo a promover INCIDENTE DE AUMENTO DE PENSIÓN ALIMENTICIA en contra del señor(a) (Nombre del deudor alimentario), quien tiene su domicilio para ser emplazado en (Calle Morelos 45, Col. Centro, Ciudad de México, C.P. 04000), reclamando las siguientes prestaciones:

I. PRESTACIONES QUE SE RECLAMAN

a) El AUMENTO DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA decretada en sentencia definitiva del juicio principal, pasando del actual (20%) al porcentaje del (40%), o cantidad equivalente a las verdaderas necesidades actuales de mis menores hijos y a la capacidad económica real del deudor.

b) El aseguramiento precautorio sobre los ingresos del demandado en sus fuentes de empleo.

c) El pago de gastos y costas procesales que se generen del presente incidente, conforme a la temeridad procesal en caso de oposición.

II. HECHOS

PRIMERO.- En el juicio principal del cual deriva el presente incidente, mediante sentencia de fecha (26 de febrero de 2026), se condenó al hoy demandado incidental al pago de una pensión alimenticia calculada sobre un (___%) de sus ingresos ordinarios.

SEGUNDO.- AUMENTO DE LAS NECESIDADES DE LOS ACREEDORES: Es el caso que desde la fecha en que se decretó dicha pensión a la actualidad, las necesidades alimentarias de mis menores hijos han incrementado sustancialmente debido a su avance escolar, requiriendo ahora mayores gastos por concepto de: (colegiaturas, médicos especialistas, vestimenta propia de su edad adolescente, actividades extracurriculares.).

TERCERO.- INCREMENTO DE LA CAPACIDAD ECONÓMICA DEL DEUDOR: A la par del cambio en las necesidades reales, tengo conocimiento que la capacidad pecuniaria del demandado ha incrementado sensiblemente, obteniendo en la actualidad ingresos superiores correspondientes a (ascenso laboral, nuevos empleos o actividades comerciales adicionales).

JURISPRUDENCIA - PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD:

Tesis: 1a./J. 44/2001 — Primera Sala — SCJN
Rubro: "ALIMENTOS. REQUISITOS QUE DEBEN OBSERVARSE PARA FIJAR EL MONTO DE LA PENSIÓN POR ESE CONCEPTO (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DEL ESTADO DE CHIAPAS)."
La pensión alimenticia no es inmutable, sino provisionalísima; su incremento obedece al cambio en las posibilidades del que deba darlos o las necesidades del que deba recibirlos.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

A. FONDO: Arts. 301, 303, 308, 311, 311 Bis, 314 y demás relativos del Código Civil. El artículo 311 es claro en señalar que los alimentos han de ser proporcionados a la posibilidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlos.
B. FORMA: Rige este cuerpo normativo incidental lo establecido en los artículos 88, 89, 90, 940, 941 y conexos del Código de Procedimientos Civiles.
C. CONVENCIONAL: Artículo 3 y 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño, respecto al Interés Superior de la Infancia y al nivel de vida adecuado.

IV. CAPÍTULO DE PRUEBAS

1. DOCUMENTAL PÚBLICA: Todo lo actuado en el expediente principal.
2. DOCUMENTAL PRIVADA: Facturas y recibos que en número de (completar aquí) exhibo, consistentes en pagos de colegiatura, calzado, médicos, relativos a mis menores hijos.
3. INFORME DE AUTORIDAD Y/O EMPRESA: Se gire atento oficio a la fuente de ingresos del deudor, ubicada en (Comercializadora Norteña S.A. de C.V.), a fin de que informen sus ingresos ordinarios y extraordinarios reales.
4. PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.

V. PETICIONES

PRIMERO.- Tenerme por presentado con este escrito, documentos que acompaño, promoviendo el Incidente de Aumento de Pensión Alimenticia.
SEGUNDO.- Ordenar el emplazamiento al demandado incidental y la vista al Agente del Ministerio Público adscrito para la salvaguarda de los menores.
TERCERO.- Agotados los trámites, dictar Sentencia Interlocutoria aprobando el incremento solicitado de forma retroactiva y permanente.

PROTESTO LO NECESARIO

(Nombre y firma de la parte actora)

AVISO — DOCUMENTO V2 NEGOCIOS

Protección patrimonial de menores, argumentación de mutabilidad alimentaria sustentada legalmente bajo la Convención de los Derechos del Niño.

Red Nacional de Abogados

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Sobre este documento: Incidente de Aumento de Pensión — Versión Completa

Incidente de pensión fundado en Interés Superior del Menor, jurisprudencia de mutabilidad de cuota y medidas cautelares sobre salarios.

Fundamentado en: Arts. 311, 314 CCF, Convención Derechos del Niño Art. 27, Tesis 1a./J. 44/2001.

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